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Es preciso mencionar, que este documento será oficial únicamente hasta su publicación en el Diario Oficial de la Federación.
Puedes descargar el documento en nuestra página o bien, accesar a la página de CONAMER http://187.191.71.192/portales/resumen/50044. En todo caso te recomendamos estar muy pendiente del DOF y si puedes, ir revisando los cambios que vendrán, serán de gran impacto.
Si tienes alguna duda, estamos para ayudarte ¡contáctanos!